A partir del próximo 1 de junio de este año 2024, el subsidio por desempleo pasará a ser parte de las ayudas económicas del Ingreso Mínimo Vital. Hasta esa fecha, el SEPE seguirá gestionando esta ayuda.
Desde el 1 de enero una serie de cambios sustanciales en el ámbito económico han entrado en vigor en nuestro país, marcando un hito en la forma en que se gestionan los subsidios por desempleo.
Sin embargo, cabe destacar que algunas de estas modificaciones no se implementarán hasta el 1 de junio del mismo año, como es la reforma de los subsidios por desempleo.
El subsidio como parte del Ingreso Mínimo Vital
La transferencia de la gestión de estas prestaciones pasa del Servicio Público de Empleo (SEPE) al Instituto Nacional de la Seguridad Social, siendo cubiertas a través del Ingreso Mínimo Vital. Este ajuste implica que el SEPE mantendrá solo durante unos meses una ayuda de 5.000 euros anuales.
Este cambio es consecuencia de la inclusión de estas prestaciones en el nivel asistencial en años recientes, ya que, según indica el SEPE, no se consideran subsidios por desempleo en el sentido estricto. Esta modificación supone cambios en una serie de ayudas, entre la que destaca la Renta Activa de Inserción (RAI), dirigida a personas desempleadas en búsqueda activa de empleo, con el objetivo de aumentar sus posibilidades de reincorporación al mercado laboral, aunque su recepción está limitada a unos meses.
Por tanto a partir de principios del mes de junio, la RAI no será la única prestación cubierta por el Ingreso Mínimo Vital. Se suman a esta modificación el Subsidio Extraordinario por Desempleo (SED), destinado a emigrantes españoles retornados y personas liberadas de prisión, así como el dirigido a aquellos a quienes se les revisa una incapacidad permanente y pueden regresar al trabajo, pero no conservan su puesto en la empresa anterior.
Los requisitos para poder acceder a la RAI seguirán vigentes hasta esa fecha, y para poder solicitarlo, al igual que otros subsidios por desempleo, se requiere no tener ingresos propios superiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional en 2023, lo que corresponde a 810 euros mensuales, y que la suma de los ingresos familiares no supere dicho límite por miembro. Además, se exige ser parado de larga duración, estar inscrito como demandante de empleo durante al menos un año y no haber recibido la ayuda en el año anterior ni haberla solicitado tres veces.
Adiós a la ayuda de 5.000 euros
La RAI proporciona una ayuda económica extraordinaria de 480 euros al mes, con una duración máxima de 11 meses, lo que se traduce en aproximadamente 5.280 euros al año. Este beneficio está destinado a desempleados de larga duración mayores de 45 años, emigrantes retornados mayores de 45, víctimas de violencia de género o personas con discapacidad igual o superior al 33% que enfrentan dificultades para reintegrarse al mercado laboral.
Es relevante destacar que esta prestación no debe solicitarse al SEPE inmediatamente después de agotar el paro, ya que puede solicitarse en cualquier momento de la vida profesional, después de haber percibido una prestación contributiva y agotado otros subsidios por desempleo.
Es importante subrayar que las personas que ya tengan aprobada la ayuda podrán seguirla disfrutando en las mismas condiciones, ya que los cambios solo afectarán a quienes la soliciten a partir del 1 de junio. Pero a partir de esta fecha, la ayuda ya no se podrá solicitar, aunque se prevé que con el Ingreso Mínimo Vital se pueda solicitar otro tipo de ayuda.