Las personas con discapacidad, debido a su condición, pueden acceder a un importante beneficio fiscal sobre el impuesto del IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas). En concreto, se debe contar con un determinado grado de discapacidad reconocido por los servicios sociales.
Para tener derecho a los beneficios fiscales sobre el IRPF, las personas deben tener reconocida una discapacidad de, al menos, el 33%. En este sentido, la normativa tributaria recoge diferentes ventajas fiscales para las personas con discapacidad.
Además, las personas con discapacidad no sólo pueden acceder a beneficios fiscales sobre el IRPF, sino que también tienen ventajas fiscales en otro tipo de ámbitos, como la compra de vehículos, reforma de domicilios o el impuesto del IVA.
BENEFICIO FISCAL PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Uno de los principales beneficios fiscales para las personas con discapacidad es el conocido ‘mínimo por discapacidad’, que se aplica al propio contribuyente y a sus familiares. También existen otro tipo de ventajas fiscales.
Según los expertos de ‘TaxDown’, la deducción del mínimo del contribuyente para personas con discapacidad es la siguiente:
- Se aplica una deducción extra de 1.150 euros con respecto a la deducción general (5.500 euros), lo que hace un total de 6.500 euros. Esto ocurre en el caso de personas mayores de 65 años y con una discapacidad igual o superior al 33%.
Además, también existe una deducción mínima por descendientes. Este beneficio fiscal se utiliza cuando hay personas con discapacidad o menores de 25 años en la unidad familiar. Las deducciones aplicables son las que verás a continuación:
- Primer grado | 2.400 euros.
- Segundo grado | 2.700 euros.
- Tercer grado | 4.000 euros.
- Cuarto grado y siguientes | 4.500 euros.
- Si los descendientes son menores de 3 años | 7.800 euros.
Además, la Agencia Tributaria también aplica deducciones por ascendientes con discapacidad. Es otro de los beneficios fiscales que se contemplan para personas con discapacidad en España.
Si la persona ascendiente es mayor de 65 años o tiene discapacidad, el mínimo de deducción es de 1.150 euros. A los mayores de 75 años le corresponden 1.150 euros y una suma de 1.400 euros. En cualquier caso, estos mínimos pueden variar en función de cada Comunidad Autónoma
A CARGO PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Por otra parte, también existen deducciones y beneficios fiscales por tener a cargo personas con discapacidad, tanto descendientes como ascendientes. Esta deducción es de 1.200 euros anuales, que también se aplica a cónyuges que no acumulen rentas anuales superiores a 8.000 euros.
Otro aspecto a tener en cuenta respecto al IRPF tiene que ver con los rendimientos del trabajo para las personas con discapacidad. Por lo general, la reducción que corresponden a todos los contribuyentes es de 2.000 euros.
En el caso de las personas con discapacidad igual o superior al 33%, la deducción es de 3.500 euros. En este mismo caso, si también acredita movilidad reducida, el beneficio fiscal de deducción será de 7.750 euros. Esta deducción también se aplica en caso de que la persona trabajadora requiera la ayuda de terceras personas.
Finalmente, los profesionales de ‘TaxDown’ aclaran que «cuando la declaración la hace un grupo familiar con varios trabajadores activos con discapacidad, la cantidad por el gasto deducible será sólo uno. El coste que se aplicará será el correspondiente al trabajador activo miembro de la familia con el mayor grado de discapacidad».