Desde el 1 de septiembre de 2024, los pasajeros que se desplacen por un vuelo en el interior de la Unión Europea deberán ajustarse a la nueva normativa que existirá en cuanto a líquidos en el equipaje de mano. Ya la Comisión Europea ha endurecido las restricciones para poder reforzar un criterio más uniforme y seguro en todos los aeropuertos de la Unión. Aunque ya en algunos aeropuertos la norma ya había sido flexibilizada por la alta tecnología existente, ahora se regresa a los límites clásicos.
Durante todo el año anterior, una serie de aeropuertos europeos hayan sido provistos de escáneres de última generación bajo la categoría de Explosive Detection Systems for Cabin Baggage (EDSCB), limitando los recipientes con líquidos de más de 100 ml pudiendo hacerse uso de la tecnología mencionada, pero la Comisión ha decidido que aun en estos tipos de aeropuertos, los envases han de ser retornados a un límite concreto de 100 ml por envase, dicha situación, según las propias autoridades, no significa que haga referencia a nuevas amenazas sino una cuestión técnica.
En España no habrá grandes cambios; aunque exista la inversión en tecnología como ocurre en los aeropuertos Adolfo Suárez Madrid-Barajas o Josep Tarradellas Barcelona-El Prat, esta normativa nacional nunca ha permitido llevar recipientes con capacidades superiores a los 100 ml. Por lo tanto, los pasajeros que vuelen desde aeropuertos de España continuarán la misma regla que ya conocían.
¿Cómo afectará el nuevo límite para viajar?
Si vuelas hacia un destino en Europa después del mes de septiembre de 2024 mucho deberás tener en cuenta el contenido de tu maleta de mano. Las nuevas máquinas van a ser más rápidas, lo cual contribuye a la agilidad del procedimiento de control, pero si llevas líquidos en recipientes que se encuentran superiores a 100 ml no podrás viajar con ellas. Esto abarca desde agua, cremas, geles y productos en general que tengan consistencia líquida. Así que antes de embarcarte, asegúrate de tener los tamaños correctos.
Aquellos aeropuertos que no tengan EDSCB en uso o aquellos que ya aplicaban la restricción de 100 ml no notarán ningún cambio. En España la normativa no causará gran impacto, ya que la mayoría de los pasajeros tienen la práctica de la restricción de tamaño. Es una muestra para los pasajeros infrecuentes de que Europa implica la seguridad aérea como una prioridad que no se admite en forma alguna.
Normativa temporal, pero sin excepciones
La Comisión Europea ha dejado claro que esta medida es de naturaleza temporal y que se revisará conforme evolucione la tecnología y la coordinación internacional. Mientras tanto la normativa es clara: un aeropuerto que ha dispuesto de un equipo EDSCB tiene que aplicar el límite de 100 ml. Por mucho que se le pueda tener la apariencia de retroceso, busca mantener la experiencia de control de seguridad uniformada. En resumen; podría parecer un descontrol por el cambio, pero asegúrate de cumplir con las normas para que tu próximo vuelo sea lo más tranquilo posible. Llevar la maleta bien preparada siempre es la clave para viajar.