La herencia debe repartirse de forma correcta entre todos los herederos, siguiendo el orden de sucesión establecido en el Código Civil. No obstante, existen algunas cláusulas personales que se pueden incluir en el testamento para conseguir ceder la propiedad de un bien sin que exista derecho de uso.
Una de las que se pueden incluir en un testamento ante notario es la nuda propiedad, que es realmente útil en ciertos casos. Este término hace referencia a tener la posesión de un bien sin que exista la posibilidad de hacer uso de él.
Según explican los expertos de Sierra Abogados, la nuda propiedad cede el derecho de uso a un tercero, «dando lugar a lo que se conoce como derecho de usufructo».
Derechos del nudo propietario de un bien en la herencia
En una herencia, existen bienes que deben ser de los herederos por ley. Sin embargo, existe una forma de dejar el usufructo de la vivienda a una tercera persona (por norma general, el cónyuge), para evitar que se quede sin la vivienda durante el tiempo que viva.
La nuda propiedad de una vivienda es realmente útil para dejar de herencia un inmueble a los hijos, pero ceder el derecho de uso al cónyuge superviviente hasta que fallezca. Por ello, es importante tener esto en cuenta si vamos a realizar un testamento y no queremos dejar a nuestro cónyuge desprotegido.
Estos son los derechos que tendrán los hijos (u otros beneficiarios) en los casos de herencia en los que se les deje la nuda propiedad:
- Disponer del bien, es decir, venderlo, donarlo, o hipotecarlo.
- Cuando se extinga el usufructo, serán propietarios de pleno derecho.
- Impugnar los actos del usufructuario que perjudiquen la propiedad o el valor del bien.
- Pedir a la persona que disfrura de su uso que le informe del estado del bien.
No obstante, el nudo propietario de un bien no podrá arrendarlo a un tercero, ya que no tiene derecho a hacerlo mientras viva el usufructuario. Ahora bien, sí podrá venderlo ya que dispone del bien. La nuda propiedad se puede adquirir de varias formas, según el origen y la voluntad de las partes implicadas.
¿Cuándo se elimina el usufructo del bien?
Si una persona fallece dejando la nuda propiedad de una vivienda a sus hijos y el derecho de uso a su cónyuge, se debe mantener hasta su fallecimiento. Es decir, la nuda propiedad se mantendrá hasta que el usufructuario del bien fallezca y pase a ser de los propietarios.
Además, también puede darse la circunstancia de que el propietario del bien le compre el usufructo al usufructuario. Según informan los expertos de AZ Hogar, el nudo propietario debe formalizar la compra ante un notario y liquidar los impuestos correspondientes.
Por otro lado, también pueden intercambiar sus derechos con respecto a la propiedad. Es decir, en el caso de que en una herencia se deje la propiedad a los hijos y el usufructo al cónyuge, pueden cambiar estos derechos si lo acuerdan entre sí.
Ahora bien, cualquier acto debe estar firmado ante notario. Sobre todo en los casos de herencia, ya que lo que se dispone en el testamento es lo que se debe mantener como la última voluntad del testador.