Muchas personas que llegan a la edad adulta y se emancipan de casa de sus padres, recuerdan los años de vida familiar con anhelo. Y es que hoy en día emanciparse se ha convertido en un deporte de riesgo para los ciudadanos, ya que alquilar un piso en España es cada vez más costoso.
Sin embargo, emanciparse también es el deseo de muchos jóvenes que quieren tener sus propias normas en casa. No obstante, actualmente la normativa establece una serie de requisitos para acceder a la firma de un contrato de arrendamiento de forma legal.
¿Cuántos años debes tener para alquilar un piso en España?
Según informan desde el portal inmobiliario Idealista: «En la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no aparece la respuesta a la pregunta de si un menor de edad puede alquilar un piso«, por lo que realmente no se indica nada al respecto.
Sin embargo, por norma general, solo las personas mayores de 18 años pueden alquilar una vivienda en España. El Código Civil español establece que los contratos firmados por menores de edad son considerados nulos, así que la firma de un contrato de arrendamiento por personas menores de 18 años no tendría validez legal.
Esto quiere decir que si hubiera cualquier problema en la vivienda, las cláusulas establecidas no tendrían validez jurídica. Por lo tanto, la ley no protegería los derechos del menor de edad ni del casero que arrendó el inmueble.
Los menores de edad que quieran arrendar un piso en España, «necesitan el consentimiento expreso y una autorización firmada y por escrito de sus padres o de sus tutores legales», tal y como explican desde Idealista.
¿En qué situaciones pueden alquilar una vivienda?
Ahora bien, si la persona tiene entre 16 y 18 años y está emancipado, sí tendría la opción de alquilar una vivienda sin el consentimiento de sus padres. En este sentido, debemos saber qué significa estar emancipado según el Código Civil en España.
Así, una persona que tenga una edad comprendida entre los 16 y los 18 años y quiera alquilar una vivienda, debe cumplir alguno de los requisitos establecidos en el Código Civil. Entre ellos, como es lógico, está haber alcanzado la mayoría de edad.
Sin embargo, también podrán hacerlo que hayan conseguido el consentimiento de aquellos que tienen su patria potestad. Para ello deben haber cumplido como mínimo 16 años, formalizarse mediante una escritura pública o presentándose ante el oficial del Registro Civil, y registrarse.
Por otro lado, también podrán alquilar una vivienda los menores de edad si existe alguna situación que dificulte seriamente el ejercicio de la patria potestad. En estos casos, un juez puede otorgar la emancipación de los jóvenes si considera que es lo mejor para el menor de edad.