La Dirección General de Tráfico (DGT) cuenta con un listado de enfermedades que no permiten conducir a los ciudadanos. Se trata de una medida de prevención para evitar situaciones peligrosas al volante, ya que pueden provocar alteraciones en las conductas de los afectados. En España, la cifra de accidentes se ha reducido levemente, aunque con las herramientas que han ido implantando es bastante notable.
A partir del año 2025, la DGT incluirá una serie de enfermedades en su normativa que podrán impedir que renueves el carnet de conducir. Los conductores deberán conocer cuáles son todas ellas para saber si tendrán la opción de seguir conduciendo el próximo año.
Listado de enfermedades que anuncia la DGT para 2025
Con el objetivo de mejorar la seguridad vial en España, la DGT ha anunciado una actualización de su normativa. Se trata de las enfermedades que impiden renovar el carnet de conducir, ya que alteran las conductas de los ciudadanos. Esto supondría un peligro tanto para el propio usuario como para los demás usuarios de la vía pública, así que lo cumplirán a rajatabla a partir de 2025.
Entre ellas, encontramos las siguientes enfermedades incapacitantes para mantener la seguridad al volante:
- Alzheimer
- Epilepsia
- Apnea del sueño
- Infarto reciente
- Parkinson
- Diabetes insulinodependiente
- Trastornos del sueño
- Depresión severa
- Trastornos de ansiedad
Hasta ahora, la DGT permitía obtener el carnet de conducir tan solo con una revisión de vista o audición. Sin embargo, ahora los conductores tendrán que realizar otras revisiones más detalladas para conseguir cumplir con la normativa vigente. En estos casos, deberá aportarse la documentación necesaria que refleje que se cumple con la legislación.
Qué hacer si tienes una enfermedad y quieres renovar el carnet
Si en el informe que recoge la DGT se refleja que el conductor tiene algunas de estas enfermedades, no se permitirá renovar el carnet de conducir. No obstante, en las revisiones médicas se deberá comprobar que realmente dicha afección afecta a la capacidad de conducción.
Por esta razón, es importante que si tienes alguna de estas enfermedades, te pongas en contacto con tu médico. Así, a partir de 2025, podrías tener menos complicaciones a la hora de mantener tu carnet de conducir, en caso de que no cumplas con las condiciones.
En cualquier caso, la DGT estudiará cada caso concreto para estimar si realmente se puede o no acceder al carnet de conducir. Y es que en ciertos casos, no será necesario la retirada del carnet o la imposibilidad de renovarlo, ya que la enfermedad no afecta al paciente para realizar las actividades cotidianas.
Esto quiere decir que no porque tengas estas enfermedades no podrás conducir. La DGT analizará cada caso para determinar si una persona es apta o no para conducir. De esta forma, se comprobará si es seguro o no que esté al volante en la vía pública.