Notarios explican cuántas veces se puede cambiar el testamento en España

Estas son las veces que la normativa permite cambiar el testamento en España y los requisitos para hacerlo correctamente

Notarios explican cuántas veces se puede cambiar testamento

Los notarios en España recomiendan a los ciudadanos hacer un testamento en vida para evitar problemas legales en el futuro. Los bienes quedan repartidos entre los herederos legítimos según la normativa establecida en el Código Civil español. Sin embargo, conviene dejar el patrimonio bien organizado para que vayan dirigidos a quienes deseamos cuando fallezcamos.

Tener conversaciones relacionadas con testamentos es un tema tabú en la sociedad actual. Lo cierto es que no es plato de buen gusto para nadie decidir qué será de nuestras posesiones cuando ya no estemos aquí. No obstante, los expertos avisan de que es esencial tomar la decisión de redactar este documento para evitar conflictos familiares en el futuro.

Los notarios explican cuántas veces se puede cambiar

Las personas que decidan hacer un testamento antes de morir, deben acudir a un notario para que firme el documento. Y es que en España, es obligatorio que estos profesionales den su visto bueno a la repartición de la herencia entre los herederos.

Notarios explican cuántas veces se puede cambiar testamento
Notarios explican cuántas veces se puede cambiar testamento

El testador puede repartir los bienes según sus deseos, pero debe acogerse a lo establecido en el Código Civil. Y es que en caso de que quiera cambiarlo en el futuro, podrá hacerlo las veces que quiera.

El cambio del testamento deberá hacerse ante notario, y se procede a ello cuando se modifica el contenido. En este caso, solo serán válidas las previsiones que se hacen en esta última modificación.

Según el Código Civil español, los ciudadanos pueden cambiar el testamento todas las veces que quieran, aunque solo será válido el último, el cual será enviado al Registro de Actos de Última Voluntad.

Solo será válido el último testamento modificado

Los notarios advierten que es conveniente hacer un testamento cuanto antes, sobre todo si tenemos bienes valiosos que dejar en herencia a familiares. Cuando fallecemos, el patrimonio queda en manos de las personas que hemos decidido que se incluyen en el testamento.

La ley establece en su normativa que los ascendientes y descendientes siempre deben recibir una parte de la herencia del fallecido. Sin embargo, existe una parte de ella que podemos repartir según nuestros propios deseos.

La parte de libre disposición del testador, es la que se puede modificar en caso de que se haya otorgado anteriormente un testamento ante notarios. Y es que no es raro que las personas cambiemos de opinión con el paso del tiempo, por lo que el Código Civil permite variarlo siempre que se necesite.

Para realizar este proceso, la persona que quiere cambiar el testamento debe acudir a notarios con su DNI, y explicarle los cambios que desea efectuar. En estos casos, el notario deberá acreditar que se trata de una persona mayor de 14 años y que está en pleno uso de sus facultades mentales.

En cualquier caso, es importante tener en cuenta que solo será válido este último testamento a la hora de repartir la herencia. Así que todos los cambios que realicemos serán firmados por un notario, que será quien lo envíe al Registro de Actos de Última Voluntad.

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