Las personas que decidan vender una propiedad en España, deberán hacer frente al pago de la plusvalía municipal correspondiente. El cáculo de esta cifra se realiza teniendo en cuenta la base imponible del bien inmueble y el tipo impositivo. Es importante saber que esto suele ser responsabilidad de la persona que vende la propiedad, aunque se puede llegar a acuerdos que determinen lo contrario.
La plusvalía municipal hace referencia al Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Bienes de Naturaleza Urbana (IIVTNU), cuyo valor varía dependiendo de varios factores. Este pago debe realizarse en todo tipo de transmisión de bienes urbanos, ya sea mediante compraventa, donación o herencia.
Plusvalía municipal por vender una propiedad en 2024
El pago de la plusvalía municipal recae sobre la venta de cualquier tipo de inmueble. Es decir, cuando se cede la propiedad de casas, pisos, garajes o cualquier tipo de local que se encuentre en un terreno urbano. Y es que en esencia, lo que se grava es el incremento sufrido en el valor de los terrenos.
El dinero que paga cada persona a razón de la plusvalía, sirve para cubrir los fondos de los ayuntamientos y para financiar servicios públicos locales. Y es que al ser un impuesto municipal, el pago debe hacerse al ayuntamiento para que lo incluye en sus fondos públicos.
La cuantía no es una cantidad fija, teniendo en cuenta que se grava es el incremento sufrido en el valor de los terrenos. Por esta razón, dependiendo del momento en el que se venda la propiedad del bien, la cuantía a pagar será mayor o menor en función de esta cifra.
Cómo se calcula la plusvalía municipal en España
Todas las personas que vendan cualquier tipo de bien inmueble en España, deberán pagar la plusvalía municipal. La cuantía dependerá del valor catastral de la propiedad, así como del tipo impositivo que determine el ayuntamiento.
El valor catastral del terreno se calcula en el momento en el que se transmite el inmueble, ya que determinará la cuantía que debe pagar el vendedor por ceder la propiedad.
En otras palabras, esto será el valor del suelo en el momento de la venta, cesión o donación. Para conocerlo, basta con consultar la última factura que tengamos del IBI.
Como ya hemos dicho, el tipo impositivo lo debe determinar el ayuntamiento. De esta forma, la cuantía dependerá del lugar en el que se encuentre el inmueble urbano.
Por norma general, lo habitual es que sea el vendedor quien asuma el gasto de este impuesto. No obstante, las partes implicadas en la venta de la propiedad podrán determinar quién hace frente a los pagos de los impuestos corespondientes.