Hoy en día muchas personar usan autocaravanas para viajar por todo el mundo. Este medio de transporte ofrece libertad y ahorro de dinero en las vacaciones, ya que combina transporte con alojamiento en un solo espacio. Sin embargo, para evitar multas es necesario que conozcamos cuáles son los límites que imponen las autoridades.
Si estás pensando en alquilar una autocaravana o comprar una para tenerla en propiedad, lo mejor es que te informes sobre la normativa vigente. En España, por ejemplo, existen límites de velocidad que dependen del peso máximo del vehículo. La Dirección General de Tráfico (DGT) define estos transportes como vehículos especiales, por lo que tienen que cumplir con la legislación correspondiente.
Velocidad máxima a la que pueden circular las autocaravanas
Las autocaravanas son vehículos que se han popularizado en los últimos años, ya que muchas personas disfrutan de viajar en este medio de transporte. Por esta razón, las autoridades han endurecido la normativa para adaptarse a los nuevos tiempos y evitar peligros en las carreteras.
Con respecto a la velocidad máxima a la que pueden circular estos vehículos, el Gobierno de España modificó el artículo 48 del Reglamento General de Circulación de la DGT, que entró en vigor a finales de enero de 2019.
En autopistas y autovías, las autocaravanas de hasta 3.500 kilogramos tienen una velocidad limitada de 120 km/h. En carreteras convencionales con un arcén de al menos 1,5 metros de ancho o más de un carril por cada sentido, la velocidad máxima permitida es de 90 km/h.
En el caso de vías secundarias, la velocidad se reduce a 80 km/h. Por último, en zonas urbanas la velocidad máxima es de 50 km/h. Además, también hay que tener en cuenta que el titular de la vía podrá establecer un límite de hasta 100 km/h en carreteras convencionales (excepto para los pick-up).
¿Dónde puedes pernoctar en una autocaravana?
Además de la velocidad para circular con autocaravana en España, también debemos tener en cuenta dónde podemos pernoctar. En este sentido, es importante saber cuál es la normativa vigente si queremos evitar cuantiosas multas al viajar por zonas de playa o montaña.
En este contexto, hay que tener en cuenta que con una camper o autocaravana, como cualquier otro vehículo, se puede estacionar en cualquier núcleo urbano en los espacios habilitados para ello.
Es decir, si el vehículo en cuestión está correctamente estacionado, las autoridades no pueden poner multas a los conductores. «Mientras un vehículo cualquiera esté correctamente estacionado, sin sobrepasar las marcas viales de delimitación de la zona de estacionamento ni la limitación temporal del mismo, si la hubiere, no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo», informan desde la DGT.
El único detalle que debemos tener en cuenta para evitar multas, es que «la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos que desborden el perímetro del vehículo».