La Seguridad Social ha anunciado una serie de reformas en el subsidio por desempleo que entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2024. Estas reformas introducen nuevas compatibilidades con otras ayudas públicas, ofreciendo un respiro significativo para quienes se encuentran en situación de desempleo.
La reforma permitirá que la prestación contributiva por desempleo y ciertos subsidios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) se puedan compatibilizar con varias ayudas no contributivas de la Seguridad Social. Entre ellas se incluyen:
- Ingreso Mínimo Vital (IMV)
- Salarios Sociales o ayudas similares de asistencia social
Estas nuevas compatibilidades facilitan a los desempleados la posibilidad de recibir múltiples ayudas sin perder los beneficios del subsidio por desempleo.
Compatibilidad con el empleo a tiempo parcial
Una de las novedades más destacadas es la posibilidad de compatibilizar el subsidio por desempleo con un empleo a tiempo parcial. Esta medida está diseñada para fomentar la reincorporación al mercado laboral sin que los beneficiarios pierdan el derecho a recibir el subsidio.
Otra importante compatibilidad es la posibilidad de recibir el subsidio por desempleo junto con indemnizaciones por finalización de contrato y prestaciones por hijos a cargo. Esto representa una ayuda extra para las familias que dependen de múltiples fuentes de ingresos para subsistir.
Aunque estas compatibilidades ofrecen oportunidades significativas, es importante destacar que están sujetas a determinados requisitos de ingresos establecidos por la Seguridad Social. Los solicitantes deberán cumplir con estos requisitos para ser elegibles para las compatibilidades mencionadas.
Principales medidas de la reforma de la Seguridad Social
La reforma también introduce el «Complemento de Apoyo al Empleo», que facilita la compatibilidad del subsidio de desempleo y la prestación ordinaria con la incorporación al mercado laboral. Esta medida está diseñada para que los beneficiarios puedan recibir un empleo o una beca sin perder sus derechos a las prestaciones por desempleo. Esta compatibilidad puede extenderse hasta un máximo de seis meses.
La reforma amplía la cobertura del subsidio por desempleo a varios colectivos que anteriormente no tenían acceso a estas ayudas. Entre estos nuevos beneficiarios se encuentran:
- Personas menores de 45 años sin responsabilidades familiares.
- Trabajadores transfronterizos de Ceuta y Melilla.
- Trabajadores agrarios eventuales.
- Víctimas de violencia de género o violencia sexual mayores de 16 años.
- Españoles emigrantes retornados sin derecho a prestación contributiva.
Una de las mejoras más significativas de esta reforma es el aumento en las cuantías del subsidio por desempleo. Actualmente, el subsidio equivale al 80% del Indicador Público de Rentas de Efectos Múltiples (IPREM), es decir, 480 euros al mes. Con la reforma, las cuantías se incrementarán de la siguiente manera:
- 95% del IPREM (570 euros al mes) durante los primeros seis meses
- 90% del IPREM (540 euros al mes) durante los siguientes seis meses
- 80% del IPREM (480 euros al mes) para el resto del período de percepción del subsidio
Por tanto, las nuevas reformas en el subsidio por desempleo, que entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2024, representan un cambio significativo en el sistema de ayudas de la Seguridad Social. Al ampliar las compatibilidades con otras ayudas y aumentar las cuantías del subsidio, se busca ofrecer un mayor apoyo a las personas en situación de desempleo, facilitando su reincorporación al mercado laboral y mejorando su calidad de vida. Estas medidas, sin duda, marcarán una diferencia notable en la vida de muchos ciudadanos españoles.