El importe de la pensión por incapacidad permanente dependerá del grado otorgado al trabajador. La Seguridad Social ofrece una cuantía máxima que puede cobrar mientras tenga derecho a cobrar la prestación.
La cantidad de dinero de la pensión será la fuente de ingresos que obtendrá el trabajador mientras esté en situación de incapacidad. Según explican desde la Seguridad Social, será motivo de solicitud aquella situación en la que el ciudadano presente «reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitiva».
Diferentes cuantías para la incapacidad permanente
En función de las reducciones anatómicas o funcionales que presente el trabajador, se le otorgará un grado distinto de incapacidad. Estas se clasifican de la siguiente manera:
- Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual.
- Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
- Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
- Gran invalidez.
Esto quiere decir que, dependiendo del grado otorgado al afectado, tendrá la opción o no de realizar otro trabajo que podrá complementar con la pensión. En cualquier caso, la cuantía a cobrar por una pensión de incapacidad permanente depende, mayormente, del grado de incapacidad reconocido.
La resolución del caso será gestionada por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), quien le otorgará un grado u otro al trabajador. En este contexto, tan solo en caso de obtener la incapacidad permanente parcial no se cobrará una pensión. En su caso, el afectado tendrá acceso a un pago único como indemnización.
En todos los demás grados de incapacidad, el trabajador cobrará una pensión cuya cuantía está regulada por el Gobierno de España. En 2024, se ha aprobado un aumento de la cuantía a percibir con respecto a años anteriores.
Cuantía máxima para la incapacidad permanente
Según exponen en la normativa de la Seguridad Social, actualmente la pensión máxima está establecida en 3.175,04 euros al mes. En cómputo anual, independientemente de que la pensión se devenga en 12 o 14 pagas, el importe no podrá superar los 44.450,56 euros.
Además, las personas que cumplan los requisitos correspondientes, podrán solicitar un complemento a la Seguridad Social. Esto solo podrá percibirse en caso de que el afectado tenga otorgada Gran Invalidez, ya que se entenderá que necesita ayuda de terceras personas.
Este complemento económico a la cuantía máxima irá dirigido a sus cuidadores, que tendrán que acreditar que se hacen cargo de sus cuidados en todo momento.
En cualquier caso, te recomendamos que preguntes todas las dudas a los profesionales del INSS dedicados a gestionar las pensiones. De esta forma, podrás asegurarte la pensión máxima y solicitar los complementos que puedas percibir al mismo tiempo.