La Seguridad Social ofrece una prestación económica, la incapacidad permanente a aquellas personas que, debido a enfermedad o accidente, se ven imposibilitadas para continuar con su actividad laboral. Esta pensión tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos que sufre el trabajador y ayudarlo a mantener un nivel de vida digno.
La pensión por incapacidad permanente se clasifica en diferentes grados según la gravedad de la discapacidad:
- Incapacidad permanente parcial: Se produce cuando la enfermedad o accidente provoca en el trabajador una disminución no inferior al 33% en su rendimiento para su profesión habitual.
- Incapacidad permanente total: Se produce cuando la enfermedad o accidente inhabilita al trabajador para realizar su profesión habitual, pero este puede dedicarse a otra profesión distinta. La pensión equivale al 55% de la base reguladora. Es importante señalar que a partir de los 55 años, este porcentaje puede incrementarse hasta el 75% si se considera que existen dificultades para encontrar un nuevo empleo.
- Incapacidad permanente absoluta: Se produce cuando la enfermedad o accidente inhabilita al trabajador a realizar cualquier profesión u oficio. La pensión equivale al 100% de la base reguladora.
- Gran Invalidez: Se produce cuando el trabajador sufre una discapacidad absoluta y necesita la asistencia de otra persona para realizar las actividades cotidianas y esenciales del día a día.
Cómo solicitar la incapacidad permanente
Para acceder a la pensión, es necesario cumplir con ciertos requisitos generales y de cotización. Sin embargo, existen algunas excepciones en las que no se exigen cotizaciones previas, como en caso de que la incapacidad derive de un accidente de trabajo, enfermedad profesional o no se haya cotizado lo suficiente.
Estos son los requisitos generales para acceder a una pensión por discapacidad:
- Estar dado de alta en la Seguridad Social en el momento de producirse la enfermedad o accidente que causa la incapacidad.
- Tener cotizadas un mínimo de 180 días durante los 5 años inmediatamente anteriores a la fecha en que se solicita la pensión.
- No estar percibiendo una pensión de jubilación.
- Requisitos de cotización:
La cuantía de la pensión por discapacidad depende del número de años cotizados a la Seguridad Social. En general, se exige un mínimo de 15 años cotizados para tener derecho a la pensión máxima. Sin embargo, existen una serie de excepciones para cobrar la incapacidad permanente sin haber cotizado lo suficiente.
- Accidente de trabajo o enfermedad profesional: No se exigen cotizaciones previas.
- No haber cotizado lo suficiente: En algunos casos, si la enfermedad o accidente se produce antes de haber cotizado el mínimo exigido, se puede tener derecho a una pensión proporcional.
- La pensión se calcula aplicando a la base reguladora el porcentaje correspondiente a la incapacidad permanente total o absoluta, y se incrementa con un complemento adicional.
Esto es lo que vas a cobrar con una incapacidad permanente
La cuantía de la pensión por incapacidad permanente depende del grado de incapacidad reconocido y de la base reguladora del trabajador. La base reguladora se calcula teniendo en cuenta los ingresos del trabajador durante los últimos años.
- Incapacidad permanente parcial: Entre 10.000 euros y 20.000 euros al año.
- Incapacidad permanente total: Entre 20.000 euros y 35.000 euros al año.
- Incapacidad permanente absoluta: Entre 35.000 euros y 45.000 euros al año.
- Gran Invalidez: Entre 45.000 euros y 56.500 euros al año.