En este año 2024, la edad legal de jubilación en nuestro país está se fijada en 66 años y 6 meses, a menos que se haya cotizado por un período superior a 38 años, en cuyo caso la jubilación podrá solicitarse a los 65 años, al igual que se podía hacer en el año 2023.
Sin embargo, aquellos que opten por postergar su retiro pueden disfrutar de una serie de incentivos ofrecidos por la Seguridad Social, los cuales podrían alcanzar hasta 12.000 euros.
Este concepto se conoce como jubilación demorada, y se hizo posible gracias a la entrada en vigor de la ley conocida como la ‘reforma Escrivá’ en enero del año 2022.
Jubilación demorada
Según la explicación proporcionada por la Seguridad Social, la jubilación demorada brinda la oportunidad a los trabajadores, ya sean por cuenta propia o ajena, de extender su vida laboral y así poder acceder a una serie de beneficios en su futura pensión de jubilación.
Entre las ventajas que se presentan a aquellos que decidan retrasar su jubilación más allá de la edad ordinaria se encuentra un «complemento económico» que el trabajador recibirá en su pensión al momento de jubilarse, con la opción de elegir entre dos modalidades:
- La primera opción implica un porcentaje adicional del 4% por cada año completo cotizado después de alcanzar la edad ordinaria, lo que se traduce en un incremento en la cuantía de la pensión. Este porcentaje adicional se aplicará cuando la persona se retire, multiplicándose mensualmente durante el resto de su vida, según señala la Seguridad Social.
- La segunda alternativa permite elegir una cantidad a tanto alzado por cada año cotizado, cuyo monto va a depender de los años de cotización al llegar a la edad de jubilación, oscilando entre los 5.000 y los 12.000 euros aproximadamente. Este pago único se recibirá en el momento de la jubilación, variando según los años de cotización acreditados en la fecha en que se cumplió la edad de jubilación ordinaria.
- Una tercera vía se introdujo con la entrada en vigor del Real Decreto 371/2023 el 18 de mayo del año 2023. Se trata de una fórmula mixta, una combinación de las opciones anteriores, que no tiene un carácter retroactivo.
Para ilustrar este último punto, la Seguridad Social proporciona un ejemplo práctico. Supongamos que una persona tiene 35 años cotizados y una pensión inicial estimada de 1.500 euros al mes. Si decide retrasar su jubilación dos años y opta por la primera opción, su pensión al retirarse aumentaría en 120 euros al mes, dado que su base reguladora se incrementa en un 4% por cada año adicional de vida laboral.
En cambio, con la segunda opción, al jubilarse recibiría un pago extraordinario de 15.414 euros, ya que en su caso serían 7.707 euros por cada año de retraso en la edad de jubilación.
Por último, si elige la tercera opción, se jubilaría con un pago extraordinario de 7.707 euros y un aumento en su pensión de 60 euros al mes. Estos incentivos ofrecen a los trabajadores la posibilidad de tomar decisiones informadas sobre el momento de su jubilación, considerando las opciones disponibles y adaptándolas a sus necesidades y circunstancias financieras.