Recibir una herencia puede parecer una extraordinaria oportunidad, pero en la mayoría de los casos no es así. Muchas herencias que se reciben no sólo implican bienes, sino que también suponen la aceptación de las deudas que había contraídas por el fallecido. Esto ha llevado a muchos herederos a preguntarse si existe alguna opción para recibir la herencia sin arriesgar su propio bolsillo.
En España muchas personas ya han emprendido el camino de la renuncia a las herencias problemáticas. Así, según el Consejo General del Notariado, en 2023 las renuncias a las herencias han aumentado en más de 56.000, un 26% más frente al 2020. Este incremento puede ser una señal del temor a heredar más problemas que ventajas.
Pero sí, existe un mecanismo jurídico que permite aceptar una herencia sin tener que arriesgar el propio patrimonio: la aceptación a beneficio de inventario. En este sentido, a través del beneficio del inventario, los herederos aceptan la herencia eximiéndose de responsabilidad con su propio patrimonio, es decir, las deudas heredadas se pagarán sólo con lo que contenga la propia herencia. Así, si la herencia no puede hacer frente a las deudas que hay contraídas, quedarás ajeno a las mismas, es decir, tu propio patrimonio no se verá afectado.
Herencia a beneficio de inventario
Hay que recordar que la aceptación de herencia a beneficios de inventario la llevaremos a cabo ante notario y asegurándonos de que las deudas heredadas se paguen únicamente con los bienes que contiene la propia herencia. Así pues, el heredero no se verá obligado a tener que utilizar su propio dinero o su propio patrimonio para hacer frente a tales deudas. Si los bienes de la herencia no son suficientes para cubrir las deudas, estas deudas quedarán simplemente impagas y no tendrá que verse obligado a pagarlas.
Para la aceptación a beneficio del inventario debemos empezar con el inventario de todos los bienes, derechos y obligaciones que contiene la herencia en cuestión. El plazo para la presentación de este trámite comienza a contarse a partir de los 30 días de la realización de la declaración de aceptación de la herencia, y su duración podrá ampliarse hasta un período de un año. Si el heredero se ve en la necesidad de omitir en su declaración de bienes a la herencia algún bien, o bien no utilizar los recursos de la herencia para pagar a los acreedores, el heredero pierde el derecho a poder acogerse a la modalidad prevista.
Aunque no cabe duda que esta alternativa ofrece una tranquilidad mayor, conlleva un trámite más complicado y unos costes elevados, como son los gastos notariales y de impuestos que lógicamente hay que asumir de una herencia.
Herencias con inmuebles
Muchos herederos heredarán propiedades en forma de casa o local hipotecado, lo que sin duda implica una serie de gastos (impuestos, suministros, mantenimiento). Esto puede resultar difícil de asumir si los bienes heredados no producen liquidez. La aceptación a beneficio de inventario permite la venta del inmueble sin riesgos personales. Una vez pagados los impuestos, y canceladas las cargas, el heredero podría recibir de la operación de venta un beneficio superior al del inmueble. Por ejemplo, una vez convertido en propietario de la casa, puede proceder a su venta y con el precio de venta cubrir la hipoteca y otros gastos, sin olvidar que, si el precio de venta supera a las cargas, el excedente será para él.
No hay razón para que aceptar una herencia se convierta en un dolor y tener que buscar alternativas de renuncia. Por supuesto, mediante la aceptación a beneficio de inventario del heredero puede proteger su herencia y tomar decisiones económicas con seguridad en cuanto al importe de las operaciones.