La Seguridad Social no podrá revisar la incapacidad permanente a partir de esta fecha

Existe una fecha límite para que la Seguridad Social no pueda realizar una revisión de tu incapacidad permanente.

Esta es la fecha límite para que te puedan revisar la incapacidad permanente

Esta es la fecha límite para que te puedan revisar la incapacidad permanente

Las pensiones por incapacidad permanente, a pesar de que en un principio se otorgan  de manera vitalicia, están sujetas a revisión por parte de la Seguridad Social en ciertos casos, y esto puede llevar a que se pueda retirar el derecho de cobro de la pensión en situaciones específicas.

Aunque estas prestaciones económicas son consideradas de por vida, el Instituto Nacional de Seguridad Social lleva a cabo controles periódicos que tienen un límite temporal. Pero debes tener en cuenta un dato muy importante, y es que, una vez que se alcanza la fecha límite para que te puedan solicitar una revisión, la Seguridad Social no podrá realizar más revisiones en relación con la incapacidad permanente.

Si un tribunal reconoce la incapacidad permanente, el beneficiario puede llegar a la edad de jubilación sin estar sujeto a revisiones por parte de la Seguridad Social. La fecha límite para que el Instituto Nacional de la Seguridad Social realice revisiones en casos de incapacidad permanente es hasta que la persona beneficiaria alcance la edad de jubilación ordinaria.

Incapacidad permanente hasta la jubilación

En el contexto específico de España, la edad de jubilación ordinaria en el año 2023 es de 66 años y cuatro meses para aquellos con menos de 37 años y nueve meses cotizados, y de 65 años para aquellos con igual o más de 37 años y nueve meses de aportes. Aunque estas edades sufrirán ligeros cambios a partir del año 2024.

Es importante tener en cuenta que, aunque una persona con una pensión por incapacidad permanente también tenga derecho a la jubilación al alcanzar la edad correspondiente, ambas pensiones no son compatibles si pertenecen al mismo régimen de la Seguridad Social.

Adicionalmente, el Instituto Nacional de Seguridad Social ha establecido un plazo de 135 días para la revisión y notificación de las solicitudes de estas prestaciones. Si transcurrido este plazo la persona no recibe respuesta, se considerará que la solicitud ha sido rechazada y se tendrá el derecho de presentar una reclamación en un período de 30 días. Es fundamental estar al tanto de estos plazos y fechas límite para garantizar la continuidad y claridad en el acceso a las pensiones por incapacidad permanente.

Retirada de la pensión

Existen situaciones específicas en las que la Seguridad Social tiene la facultad de retirar la incapacidad permanente de manera automática. Estos son los escenarios en los que se puede llevar a cabo esta revocación:

Es importante destacar que el procedimiento para retirar la incapacidad permanente de forma automática implica un proceso administrativo en el cual se notificará al trabajador la intención de revisar la prestación. Se le otorgará un plazo para que el trabajador pueda presentar sus alegaciones. En el caso de que el trabajador no presente alegaciones o estas sean desestimadas, la Seguridad Social podrá emitir una resolución que oficialmente retire la incapacidad permanente.

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