El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece a las personas desempleadas de larga duración la posibilidad de reactivar la Renta Activa de Inserción (RAI) tras ser suspendida durante un tiempo. Para ello, tendrán que cumplir con una serie de requisitos mínimos. Como, por ejemplo, inscribirse de nuevo como demandante de empleo y reactivar el acuerdo de actividad dentro del plazo estipulado.
El SEPE, organismo autónomo del Ministerio de Trabajo y Economía Social, que lidera actualmente Yolanda Díaz, da la posibilidad de recibir esta ayuda extraordinaria del Gobierno de España a todas aquellas personas que lo necesiten. Con el objetivo de incrementar las oportunidades de retorno al mercado de trabajo de las personas trabajadoras desempleadas, con especiales necesidades económicas y dificultad para encontrar empleo.
Además, el SEPE tiene derecho a suspender de forma definitiva el pago de esta ayuda si las personas beneficiarias no cumplen con los requisitos establecidos. Aunque pueden volver a cobrarlo tras esta suspensión, siempre y cuando acrediten que vuelven a necesitar esta ayuda al desempleo.
CÓMO VOLVER A COBRAR LA RAI A TRAVÉS DEL SEPE
Existen una serie de causas justificadas por las que cualquier persona en paro de larga duración puede sufrir la baja definitiva de la RAI. Como, por ejemplo, empezar a trabajar por cuenta propia o ajena, o acceder a una prestación por desempleo.
En cualquier caso, si te han suspendido el subsidio por desempleo de la RAI y quieres volver a solicitarlo, podrás hacerlo de la siguiente manera:
- Previa inscripción como demandante de empleo y reactivación del acuerdo de actividad.
- Deberás hacerlo en los 15 días siguientes al cese en el trabajo por cuenta propia, al retorno a España o a la excarcelación.
- La petición fuera de plazo supondrá la pérdida de tanto días de renta como medien entre el día siguiente al del cese en el trabajo por cuenta propia o al del retorno y el día de la solicitud.
- En el caso de volver a reunir el requisito de carencia de rentas individual o de la unidad familiar, podrá solicitar la reincorporación al Programa. Siempre que se acredite nuevamente la concurrencia de dichos requisitos, dentro del periodo de seis meses a partir de la fecha de baja temporal en el Programa.
- En el caso del cese en el trabajo por cuenta ajena a tiempo completo, se recuperará de oficio la percepción de la renta activa de inserción. Siempre que la persona trabajadora figure inscrita como demandante de empleo.
Además, desde el SEPE informan a las personas interesados en este subsisidio por desempleo que: «La renta activa de inserción se devenga desde el día siguiente al cese en el trabajo por cuenta ajena a tiempo completo». Eso sí, siempre y cuando la persona trabajadora figure inscrita como demandante de empleo.
¿QUIÉN NO PUEDE COBRAR ESTA AYUDA?
El SEPE explica que existen algunas situaciones que impiden que una persona desempleada pueda cobrar este subsidio por desempleo. Por ejemplo, aquellas personas que tengan ingresos superiores al límite establecido.
Además, tampoco podrán cobrar este subsidio quienes perciban algunas de las prestaciones, de los subsidios por desempleo o de la renta agraria del SEPE. O quienes realicen trabajos de forma simultánea por cuenta propia o por cuenta ajena a tiempo completo.
En cualquier caso, si quieres beneficiarte de esta ayuda económica de la RAI que gestiona el SEPE en su Sede Electrónica, te recomendamos que te informes acerca de todos los requisitos que debes cumplir antes de enviar la solicitud. Ya que así conseguirás reunir toda la documentación que necesiten, y aumentar tus posibilidades de ser beneficiario de la ayuda.