En apenas unos instantes de distracción provocados por el teléfono móvil, un viaje cotidiano puede transformarse en una tragedia de proporciones inimaginables, o en el mejor de los casos, en una infracción de tráfico que conlleva consecuencias económicas significativas.
La causa de este desenlace a menudo radica en el uso irresponsable del teléfono móvil u otras pantallas ubicadas en el salpicadero del vehículo, cuya manipulación corresponde exclusivamente al acompañante.
De acuerdo con las estadísticas proporcionadas por la Dirección General de Tráfico (DGT), aproximadamente el 30% de los accidentes automovilísticos en España anualmente se derivan de distracciones al volante. Asimismo, el uso del teléfono móvil durante la conducción es responsable de casi 8.000 accidentes anuales, con un saldo trágico de alrededor de 390 personas fallecidas. Ante esta alarmante realidad, la DGT ha adoptado medidas punitivas estrictas contra el uso indebido de dispositivos móviles y otras pantallas mientras se conduce, incluso cuando el vehículo se encuentra detenido en un embotellamiento o frente a un semáforo.
La advertencia de la DGT con el uso del móvil
El riesgo inherente de apartar la vista de la carretera durante apenas un segundo es una verdad innegable. Ya sea para revisar un mensaje en el móvil o ajustar una configuración en la pantalla del automóvil, cualquier distracción mínima puede desencadenar un accidente de proporciones catastróficas. A menudo olvidamos o subestimamos la velocidad a la que nos desplazamos y el grave peligro que conlleva desviar la atención de la vía, equiparándose, en efecto, a conducir con los ojos cerrados durante una considerable distancia.
Según las advertencias de la DGT, incluso una breve distracción de seis segundos al manejar a una velocidad de 60 km/h equivale a recorrer más de 100 metros con la vista apartada de la carretera, una distancia más que suficiente para ocasionar un accidente grave.
La legislación vigente, contemplada en el artículo 76 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, prohíbe explícitamente el uso manual de dispositivos móviles, navegadores GPS y cualquier otro medio de comunicación mientras se conduce. Esta prohibición incluye el uso de pantallas multimedia y radios que puedan distraer al conductor de su atención en la vía.
Uso del móvil en atascos y semáforos
Incluso en situaciones de parada momentánea, como frente a un semáforo en rojo o en un atasco, el uso de estos dispositivos sigue siendo ilegal según la DGT. Mientras se permanece en el carril, la responsabilidad del conductor es mantener la atención en la carretera y tener el control total del vehículo.
Para utilizar dispositivos móviles u otras pantallas de manera segura, es imperativo salir del carril y estacionar el vehículo en un lugar seguro. En caso de contar con sistemas de «manos libres» que permitan el manejo del móvil desde los mandos del volante, su uso durante la marcha es aceptable. Sin embargo, cualquier otro dispositivo o pantalla en el salpicadero debe ser exclusivamente utilizado por el acompañante.
Las consecuencias por infringir estas normativas son severas. La multa por el uso indebido de dispositivos móviles puede ascender a 200 euros, con una posible reducción del 50% si se abona en un plazo de 20 días hábiles. Además, esta infracción conlleva la pérdida de 3 puntos en el carnet de conducir, y hasta 6 puntos si el uso del móvil se realiza a través de un soporte.
Por tanto, la importancia de mantener la atención plena en la conducción y abstenerse de cualquier distracción tecnológica es vital para prevenir accidentes viales. Solo con una conducción responsable y consciente podemos garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía pública.