En España, las viviendas de alquiler han subido sus precios durante los últimos años. Los propietarios de inmuebles han encarecido el valor de los pisos hasta alcanzar los 12,30 euros el metro cuadrado en el mes de abril de 2024.
Las preocupaciones más frecuentes de los inquilinos de viviendas en alquiler, están relacionadas con el precio de las casas y pisos arrendados. Y es que es bastante común que no se conozca cuántas veces está permitido por ley subir los precios a lo largo del año.
Esto dice la Ley de Vivienda sobre la subida del alquiler
La actualización de la nueva Ley de Vivienda en 2024, puso en marcha varias medidas del Gobierno de España para mejorar las condiciones en los contratos de arrendamiento. Así, la normativa incluye que la subida del precio del alquiler no puede superar el 3% anual.
Es decir, según la nueva Ley por el derecho a la vivienda, «los contratos de arrendamiento de vivienda en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024» están limitados a subidas anuales del 3% en España.
Además, según informan desde el portal inmobiliario Fotocasa, el casero «tiene derecho a actualizar el precio de la renta del alquiler si el contrato ha llegado a su fin, lo que se conoce como renovación de contrato de alquiler«.
En estos casos, si pasan 5 años y se va a firmar un nuevo contrato, «el arrendador puede subir libremente el precio de la renta si así lo considera». No obstante, solo podrá subirte el precio del alquiler si se cumple la anualidad o si hay que renovar el contrato.
¿Cuántas veces puede subir el precio del alquiler al año?
El portal inmobiliario hace hincapié en las dos únicas situaciones en la que el casero puede subir el precio de la vivienda en alquiler al inquilino. Así, hay que tener claro que una de las razones por las que esto ocurre se da cuando sube el IPC y así consta en el contrato de arrendamiento.
En este contexto, hay que tener claro que el propietario solo podrá subir el precio al arrendatario según la actualización del IPC cuando así figure en el contrato. Si no es así, el casero no tiene permitido aumentar el valor de la vivienda de forma anual.
No obstante, también está permitido por ley subir el precio de forma anual «cuando tras finalizar el contrato vigente, el arrendador formaliza un nuevo contrato aplicando una subida en el precio», tal y como explican desde Fotocasa.
«El casero solo podrá subirte el precio del alquiler si se cumple la anualidad o si hay que renovar el contrato. Estas dos situaciones nunca coexistirán, por lo que no es posible que el propietario de un inmueble de alquiler pueda subir el precio más de una vez al año», explican.
El próximo año, desde el Instituto Nacional de Estadística (INE) crearán un índice de referencia que servirá para evitar incrementos desproporcionados en la renta de los contratos.