La Dirección General de Tráfico (DGT) impone multas por exceso de velocidad a los conductores que no se limiten a circular respetando las señales. Y es que cuando conducimos, es importante mantener las medidas de seguridad establecidas por el organismo.
De esta forma, todos los conductores conseguiremos mejorar la circulación en las carreteras en España. Así como evitar cuantiosas sanciones económicas y la pérdida de puntos del carnet de conducir.
Multas de la DGT por exceso de velocidad
Una de las multas más comunes de la DGT está relacionada con el exceso de velocidad, y es que es una de las infracciones más habituales de los conductores. Por esta razón, para concienciar a la población de la importancia de respetar los límites de velocidad, ofrecen una tabla con las sanciones que establecen por este tipo de infracciones.
Como podemos ver en la imagen anterior, existen multas que conllevan la pérdida de puntos y otras que no incluyen esta sanción. En cualquier caso, según explican desde la DGT, las multas en 2024 por circular con exceso de velocidad pueden variar entre los 100 y los 600 euros.
«Es un delito conducir con exceso de velocidad superior a la establecida en 60 km/h en vías urbanas y en 80 km/h en vías interurbanas», informan desde la web oficial de la DGT.
Por su parte, «en los tramos de autovías y autopistas interurbanas de acceso a las ciudades en que se hayan establecido límites inferiores a 100 km/h, los excesos de velocidad se sancionarán con la multa económica correspondiente», exponen.
¿Qué haces si has recibido una multa de la DGT?
Las multas de la DGT por exceso de velocidad son muy comunes, aunque entre las más frecuentes también aparecen no llevar el cinturón de seguridad o usar el teléfono móvil mientras estamos en carretera. En cualquier caso, el proceso sancionador incluye el pago de una cuantía económica, e incluso la pérdida de puntos del carnet de conducir.
Si has recibido una multa de la DGT, el organismo recomienda en primer lugar leerla atentamente para comprobar que todos los datos son correctos. En el caso de que así sea, podrás proceder al pago durante el tiempo establecido.
En concreto, la DGT establece un período voluntario de 20 días naturales desde que recibiste la notificación para pagar, o recurrir si no estás conforme con la sanción. Si pagas la multa en periodo voluntario, te beneficias del 50% de reducción, aunque renuncias a recurrirla.
Además, debes tener en cuenta que en el caso de recurrir la multa no podrás tener derecho a la reducción del 50%. Por lo tanto, antes de hacerlo, te aconsejamos que pienses bien si realmente la mereces o no.
Para cualquier información adicional que desees, en la página web de la DGT podrás encontrar varias preguntas comunes respondidas por el organismo. Así tendrás claro cuál es el proceso para pagar la multa, y cuáles son aquellas que debes evitar.