En un fallo que marca un hito significativo en el ámbito laboral, la Audiencia Nacional ha emitido una sentencia que aclara un aspecto crucial del recientemente ampliado permiso por enfermedad u hospitalización de un familiar.
Este permiso, cuya duración se extendió de tres a cinco días mediante el Real Decreto-ley 5/2023, había dejado en la incertidumbre la cuestión de qué días debían ser contabilizados.
Permiso por enfermedad de un familiar
La sentencia, emitida por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, determina que los días de permiso deben ser considerados como hábiles en lugar de naturales. Esto significa que, en caso de que el evento que da origen al permiso ocurra en un día festivo o no laborable, el cómputo de los días comenzará en el primer día laborable subsiguiente.
La resolución judicial ha sido recibida con gran alivio y satisfacción por parte de sindicatos y trabajadores, quienes habían estado operando en la incertidumbre tras la ampliación del permiso sin una clarificación sobre este punto crucial. María Eugenia Moreno, letrada de USO y autora de la demanda que desencadenó la sentencia, destaca la importancia de esta resolución, que proporciona una guía clara para la interpretación del marco legal vigente y establece un precedente importante para futuras decisiones judiciales en casos similares.
Quién pude solicitar el permiso
El permiso en cuestión, ahora de cinco días, puede ser solicitado por el cónyuge o pareja de hecho, así como por parientes hasta el segundo grado de consanguineidad o afinidad. Esto incluye también al familiar consanguíneo de la pareja de hecho, así como a cualquier persona que conviva con el trabajador y requiera de su cuidado efectivo. Esta medida representa un avance significativo en el reconocimiento de la importancia del apoyo familiar en momentos de crisis médica.
Es importante resaltar que el trabajador no está obligado a tomar el permiso de forma inmediata en caso de hospitalización que dure más de cinco días. La flexibilidad otorgada permite al trabajador elegir el momento más adecuado para ausentarse del trabajo y cuidar a su familiar, a menos que el convenio colectivo de la empresa establezca lo contrario. Esta disposición brinda un importante grado de autonomía y empoderamiento a los trabajadores, permitiéndoles gestionar mejor su tiempo y responsabilidades familiares en situaciones difíciles.
La sentencia judicial no solo clarifica el cómputo de días en este permiso en particular, sino que también establece un precedente sólido para futuras interpretaciones legales en casos similares. Se espera que esta resolución contribuya a garantizar un trato justo y equitativo para los trabajadores que requieren tiempo para cuidar a sus familiares en momentos de emergencia médica. Además, representa un paso adelante en el reconocimiento de la importancia del equilibrio entre la vida laboral y familiar en el ámbito legislativo y judicial.
Con esta resolución, se completa un aspecto clave de la Ley de Familias, cuya implementación había quedado en pausa debido al adelanto electoral. Ahora, con una mayor claridad legal, los trabajadores pueden beneficiarse plenamente de esta importante medida destinada a proteger el bienestar de las familias en situaciones de emergencia médica. La sentencia de la Audiencia Nacional representa un avance significativo hacia una mayor protección de los derechos laborales y familiares en España, sentando las bases para un futuro más justo y equitativo para todos los trabajadores y sus seres queridos.