Aunque los pensionistas ya no formen parte activa del mercado laboral, continúan siendo contribuyentes al recibir pensiones que reemplazan a sus antiguos salarios. Esto incluye a los beneficiarios de pensiones de viudedad, que son las segundas más comunes dentro del grupo de pensiones contributivas de la Seguridad Social.
Con la campaña de la Renta 2023 acercándose a su recta final, es crucial que aquellos que hayan recibido una pensión de viudedad en 2023 presten atención a sus obligaciones fiscales.
Los ingresos recibidos bajo este concepto están sujetos a tributación por el IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas).
Obligaciones para las pensiones de viudedad
La Ley del IRPF, en su artículo 17, establece que «se considerarán rendimientos íntegros del trabajo todas las contraprestaciones o utilidades, cualquiera que sea su denominación o naturaleza, dinerarias o en especie, que deriven, directa o indirectamente, del trabajo personal o de la relación laboral o estatutaria y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas».
Además, la misma ley especifica que también son considerados rendimientos del trabajo «las pensiones y haberes pasivos percibidos de los regímenes públicos de la Seguridad Social y clases pasivas y demás prestaciones públicas por situaciones de incapacidad, jubilación, accidente, enfermedad, viudedad, o similares».
Por tanto, las pensiones de viudedad no se encuentran exentas de tributación y deben ser incluidas como rendimientos del trabajo en la declaración de la renta del contribuyente. Esto implica que quienes reciben estas pensiones deben tener en cuenta ciertos límites de ingresos para determinar si están obligados a presentar la declaración de la renta.
El IRPF en la pensión de Viudedad
Los pensionistas deben observar los mismos límites que los trabajadores activos en relación con sus ingresos anuales:
- Pensión de viudedad exclusiva: Si durante el 2023 el pensionista solo ha recibido la pensión de viudedad, estará obligado a presentar la declaración de la renta si sus ingresos superan los 22.000 euros anuales.
- Pensión de viudedad combinada con trabajo o prestación por desempleo: Si el pensionista ha combinado la pensión de viudedad con un empleo o una prestación por desempleo, deberá presentar la declaración si sus ingresos totales superan los 15.000 euros anuales, siempre y cuando del segundo pagador haya percibido 1.500 euros o más. Si no se supera este umbral con el segundo pagador, el límite de ingresos es de 22.000 euros anuales.
- Pensión de viudedad combinada con otra pensión contributiva: En caso de recibir tanto una pensión de viudedad como otra pensión contributiva, por ejemplo de jubilación, el contribuyente estará obligado a declarar si ambas pensiones juntas superan los 15.000 euros anuales, siempre y cuando del segundo pagador reciba 1.500 euros o más. Si este umbral no se alcanza, el límite para la obligación de declarar se mantiene en 22.000 euros anuales.
Es esencial que los pensionistas de viudedad verifiquen sus ingresos y se aseguren de cumplir con sus obligaciones fiscales. La omisión de presentar la declaración de la renta cuando es obligatorio puede resultar en sanciones y multas por parte de la Agencia Tributaria. Por ello, estar bien informado y cumplir con las normativas vigentes es fundamental para evitar contratiempos y mantener una gestión fiscal correcta.