La Dirección General de Tráfico (DGT) se encuentra en una etapa de reformulación de sus políticas y normativas, buscando mejorar la seguridad vial y la fluidez del tráfico en todo el territorio.
Uno de los cambios más significativos que se avecinan es la modificación del Reglamento General de Circulación (RCG) mediante un Real Decreto, con el objetivo de satisfacer una demanda recurrente de los motoristas: la posibilidad de circular por el arcén sin enfrentar multas.
Este ajuste responde a una necesidad evidente de adaptar las regulaciones a las condiciones cambiantes del tráfico y las demandas de los usuarios de la vía.
Restricciones para los motoristas
Hasta ahora, los motoristas se han visto enfrentados a restricciones significativas en su movilidad durante situaciones de congestión vehicular, como atascos en carretera. Las normativas existentes les prohibían utilizar el arcén derecho para adelantar en estas circunstancias, bajo amenaza de recibir multas considerables que podían ascender hasta los 200 euros. Esta limitación ha generado una creciente insatisfacción entre los conductores de motocicletas, quienes demandan una mayor flexibilidad para garantizar su seguridad y la eficiencia de sus desplazamientos.
En respuesta a esta problemática, la DGT ha anunciado su intención de flexibilizar estas restricciones y permitir a los motoristas circular por el arcén en momentos de congestión, siempre y cuando se cumplan ciertas condiciones específicas para garantizar la seguridad vial. Esta medida se enmarca dentro de una serie de reformas destinadas a optimizar el uso de los carriles y arcenes en situaciones especiales, como atascos y condiciones climáticas adversas, con el fin último de mejorar la fluidez y la seguridad del tráfico en las vías españolas.
La nueva norma de la DGT para motoristas
La modificación del artículo 36 del RCG permitirá expresamente a los motoristas circular por el arcén derecho en vías con retenciones de tráfico, siempre y cuando respeten ciertas condiciones. En primer lugar, se establece una velocidad máxima de circulación de 30 kilómetros por hora para garantizar la seguridad de todos los usuarios de la vía. Además, se exigirá a los motoristas que respeten en todo momento la prioridad de otros vehículos obligados a circular por el arcén, especialmente las bicicletas, con el objetivo de evitar situaciones de conflicto y garantizar una convivencia segura en la carretera.
La subdirectora adjunta de Circulación de la DGT ha explicado que esta medida busca mejorar la fluidez del tráfico para los motoristas en situaciones de congestión, proporcionando una alternativa segura y eficiente para avanzar en la vía. Sin embargo, es importante destacar que estas modificaciones no entrarán en vigor hasta el año 2025, por lo que, hasta entonces, las sanciones por utilizar el arcén para adelantar en condiciones no permitidas seguirán siendo aplicables.
Por tanto, la DGT está trabajando activamente en la implementación de medidas que permitan una circulación más segura y fluida para todos los usuarios de la vía, incluyendo a los motoristas. La modificación del Reglamento General de Circulación para permitir el uso del arcén en momentos de congestión es un paso significativo hacia ese objetivo, que busca conciliar la movilidad con la seguridad en las carreteras españolas.